Ley TEA: ¿Para todos?

Ley TEA: ¿Para todos?

Ley publicada a finales del año 2023 con entrada en vigencia para el inicio del año 2024. (todo bajo el gobierno de Gabriel Boric). A propósito de ello, muchos profesionales, fundaciones, senadores y diputados, salieron a celebrar con bombos y platillos este “nuevo momento para la inclusión en Chile”.

Edificios públicos, comunicadores y por supuesto las redes sociales se tiñeron de azul, miles de personas se inscriben a cursos y capacitaciones relacionadas con el “tema”. Además muchas escuelas abordan el tema en consejos pedagógicos, los profesores realizan actividades de concienciación con los estudiantes. A pesar de tal ambiente, es necesario conocer aspectos específicos de la ley para luego instalar una reflexión crítica, sobre todo en el mundo de los docentes y asistentes de la educación, quienes son los primeros en vincularse y actuar en situaciones de mayor complejidad con estudiantes con tales NEE.

La ley declara como objetivos:

1- Asegurar el DERECHO A LA EDUCACIÒN DE NIÑOS, NIÑAS, ADOLECENTE Y JOVENES (NNAJ).

  1. lograr los objetivos especìficos de aprendizaje 
  2. acceder a apoyo.

Plantea como obligaciones de los establecimientos:

  1. Acceso 
  2. Desarrollo de comunidades inclusivas
  3. aplicación de medidas disciplinarias frente a desregulaciones emocionales y conductuales (DEC)

A partir de esto, se emana un protocolo de respuesta ante situaciones “desafiantes”, que tiene como aspectos generales los siguientes ejes:

  1. Concurrencia del padre, madre o tutor legal ante emergencias.
  2. Promoción de ambientes sin violencia y libres de discriminación.
  3. Capacitación para actuar frente a D.E.C
  4. Atención de Salud o derivación para detección temprana y oportuna de estudiantes con autismo.

Como síntesis general, esta ley permite entregar oportunidades a los estudiantes (de todos los niveles) en cuanto a acceso de salud y educación, sin embargo no pone énfasis en el actual estado de EMPOBRECIMIENTO del sistema educativo chileno en tanto: financiamiento, infraestructura, dotación y desarrollo profesional de los equipos y un clima adecuado para el aprendizaje tanto de niños TEA como no TEA. 

Algunos puntos críticos que no permiten su adecuada implementación y efectividad recaen en el propio sistema educativo y  condiciones de infraestructura  para la aplicación de esta. El segundo punto tiene que ver con las condiciones profesionales para abordar procesos pedagógicos con los estudiantes TEA ¿Las escuelas cuentan con procedimientos pedagógicos claros y pertinentes para abordar procesos de aprendizajes con una alta cantidad de estudiantes TEA (o CEA)? Creemos que son muy pocas y se alojan en los barrios acomodados del país.

Además nos preguntamos ¿Cuál debe ser el rol del Estado y de los actuales sostenedores privados para no responsabilizar únicamente a los docentes de los avances y retrocesos de esta ley? Es indispensable un despliegue de recursos y directrices claras para que las comunidades enfrenten la incorporación de estudiantes TEA. En este sentido, habrá comunidades  que, cumpliendo con las condiciones legales y pedagógicas podrán integrar efectivamente, sin embargo nos preguntamos, ¿todos los estudiantes TEA pueden ser incluidos en una escuela “regular”? Creemos que no. Ya que hay estudiantes que deben ser atendidos con mayor especificidad y tiempos distintos a la escuela que cuenta con 30 a 40 estudiantes por sala. Para ello es importante el reforzamiento de escuelas especiales.

Para complementar este debate, debemos cuestionar la cantidad de estudiantes por sala en el sistema común, que ya es alta fruto del procesos de masificación sobre todo de escuela particulares subvencionadas, lo que nos lleva a cuestionar cuál es la cantidad adecuada. A esto debemos añadir la siguiente interrogante, ¿La cantidad de estudiantes TEA por sala de clases debe ser regulada (planificada)? Creemos que es fundamental, en cuanto al apoyo pedagógico y las condiciones ambientales (adecuado para el aprendizaje). Además, esto debe conllevar el reforzamiento de equipos de educadoras y profesionales especialistas en estas NEE (fonoaudiólogos, kinesiólogos, terapeutas, y por supuesto más cantidad de educadoras diferenciales).

En resumen, esta es una buena ley en cuanto a los elementos que valora y presenta como prioritarios, sin embargo, está totalmente determinada por las variables socioeconómicas de los establecimientos en lo que se implementará. Como todo proyecto, sus ajustes conllevan la incorporación y buena gestión de los recursos, en instituciones donde no se los roben o desvíen como ocurre en la actualidad con los SLEP  y las corporaciones público-privadas. Esto es estructural. Lo demás, queda en el desempeño de los equipos profesionales que con su vocación y dedicación se adaptarán a una nueva realidad donde los estudiantes sean cada vez más incluidos en un sistema educativo que rema entre la desigualdad y la exclusión.

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